En el Plan de Facturación Solar, los Créditos de Exportación de Energía se aplicarán a la cantidad de electricidad que un cliente exporta a la red y reflejarán el valor de la electricidad a la red eléctrica durante cada hora del día. Los Créditos a la Exportación de Energía se calcularán tomando los kilovatios hora generados por el sistema de generación del cliente que se exporta por hora a la red multiplicados por los precios de los Créditos a la Exportación de Energía. Estos precios de la CEE variarán cada hora a lo largo del día y se pueden encontrar aquí tanto para la hora del Pacífico como para la hora universal. Los clientes que se inscriban en el Plan de Facturación Solar antes del 1 de enero de 2028, tendrán precios fijos EEC durante los primeros nueve años de operación. Los nueve años se conocen como el periodo de bloqueo.
Cada año, los precios CEE se calculan empleando la calculadora de costos evitados (ACC) de la CPUC aprobada a partir del 1 de enero del año de cálculo (el "año de cosecha"). Para cada "año de cosecha", se calcula el precio medio simple de la CEE para cada mes de un periodo de bloqueo de 9 años, y se diferencia por hora (24 horas) y por días laborables y fines de semana/festivos. Además, cada precio CEE por hora se desglosa en dos componentes: 1) el componente del precio CEE de la generación (energía, comercio de derechos de emisión y capacidad de generación) y 2) el componente del precio CEE del servicio de entrega (transmisión, distribución, sumador de efecto invernadero y fugas de metano).
Factores EEC (UTC) - Archivo CSV
Entendiendo los precios de exportación